Emisión de Constancia de Uso Habitacional

Obtención de constancia de la Autoridad del Centro Histórico, para acceder a los subsidios y reducciones fiscales establecidos por la normatividad fiscal de la Ciudad de México.

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I. Las personas propietarias o poseedoras de inmuebles de uso habitacional o mixto que se localicen en el Perímetro A del Centro Histórico, que ante esta Autoridad presenten su solicitud de constancia para ser acreedores a los beneficios fiscales establecidos en el Acuerdo de Carácter General por el que se te otorgan subsidios fiscales para el pago del impuesto predial del ejercicio fiscal que corresponda.


II. Las personas físicas propietarias o poseedoras de inmuebles ubicados en el Perímetro A del Centro Histórico que se encuentren catalogados o declarados como monumentos históricos o artísticos por el Instituto Nacional de Antropología e Historia o por el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura, y que los habiten y no los utilicen para uso comercial alguno, que ante esta Autoridad presenten su solicitud de comprobante para ser acreedores a la reducción que establezca el artículo 274, párrafos primero, segundo y fracción II, del Código Fiscal de la Ciudad de México.

- El trámite es gratuito.
- Identificación oficial vigente del propietario o poseedor del predio de referencia (credencial de elector o pasaporte) en original y una (01) copia simple.
- Para la representación de personas morales: Acta constitutiva, poder notarial e identificación oficial vigente del representante legal o apoderado, en original y una (01) copia simple.
- Para la representación de personas físicas: Carta poder firmada ante dos testigos e identificación oficial vigente (credencial de elector o pasaporte) del interesado y del representante o apoderado, en original y una (01) copia simple.
- Boleta predial del bimestre más reciente en original y una (01) copia simple, que coincida con el inmueble de referencia.
- Comprobante de pago de derechos por consumo de agua, que coincida con el inmueble de referencia, en original y una (01) copia simple.
- Comprobante de pago de servicios (teléfono, gas o luz), que coincida con el inmueble de referencia, en original y una (01) copia simple.

I. La persona interesada deberá acudir presencialmente a las oficinas de la Autoridad del Centro Histórico, ubicadas en República de Argentina No. 8 Centro Histórico, en donde deberá presentar los requisitos documentales solicitados.

II. El personal de la Autoridad del Centro Histórico a cargo del trámite, recibirá la documentación y revisará que esté completa y de ser procedente agendará fecha para realizr la visita al inmueble del interés del solicitante, así como fecha para recoger la constancia.

III. El personal de la Autoridad del Centro Histórico, acudirá en la fecha y hora señala al domicilio inidcado por la persona solicitante para realizar la visita.

IV. Si está presente el propietario, poseedor o familiar, el personal de la Autoridad del Centro Histórico corroborará que el inmueble sea destinado para uso habitacional o mixto; o bien, que el inmuebles esté catalogado o declarado como monumento histórico o artístico por el Instituto Nacional de Antropología e Historia o por el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura, y que lo habita su propietario y no lo utiliza para uso comercial alguno. Entregando al visitado el original del formato de visita debidamente requisitado con firma del visitado, visitador y dos testigos.

V. Si no está el propietario, poseedor o quién atienda la visita, se deja un aviso señalando de que no se encontró a quién permitiera la visita, indicando además que será necesrio acudir presencialmente a las oficinas de la Autoridad del Centro Histórico para reagendar la visita.

VI. El personal de la Autoridad del Centro Histórico a cargo del trámite, revisará el formato de visita y de acuerdo al resultado, elabora la constancia en sentido afirmativo o negativo.

VII. La persona propietaria, poseedora o quién realizó el trámite deberá acudir presencialmente a las oficinas de la Autoridad del Centro Histórico en la fecha y hora agendada, con la finalidad de obtener la constancia correspondiente.

15 días hábiles.

- Artículo Sexto, del Acuerdo de Carácter General por el que se te otorgan subsidios fiscales para el pago del impuesto predial, emitido el 31 de diciembre de 2019 en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México; así como los párrafos primero y segundo, fracción II, del artículo 274, del Código Fiscal de la Ciudad de México.

- Artículos 330, 331 fración I y 332 fracciones III, IV y V, del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México.

- Artículos Tercero, párrafo primero, numeral 2, fracciones VI y VII, y Quinto, del Acuerdo por el que se crea el órgano de apoyo a las actividades de la Jefatura de Gobierno en el Centro Histórico de la Ciudad de México, denominado Autoridad del Centro Histórico, publicado el 22 de enero de 2007, en la Gaceta Oficial del entonces Distrito Federal N° 21-Bis, y modificado por Acuerdo publicado el 2 de enero de 2019, en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México N° 1 .Bis.

Ubicación

Alcaldía Cuauhtémoc

Autoridad del Centro Histórico

Dirección: Calle República de Argentina 8 Colonia Centro (Área 1), Alcaldía Cuauhtémoc

Teléfonos:

55 8957 1100 Ext.

55 8957 1101 Ext.

55 89571102 Ext.

Aclaraciones