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Estacionarse en las calles del Centro Histórico está prohibido, las y los oficiales de tránsito podrán colocar inmovilizadores, conoce la norma aquí.

Las motos no pueden circular y estacionarse banquetas, calles peatonales o arroyo vehicular.

El reglamento de tránsito en su artículo 11, fracción III indica que está prohibido que vehículos automotores circulen o se detengan en zonas peatonales. La multa es de 20 a 30 UMA.

Consulta el reglamento en https://www.ssc.cdmx.gob.mx/storage/app/media/Transito/Actualizaciones/reglamento-de-transito-cdmx.pdf

Por ser vehículos automotores deben estacionarse en un estacionamiento. Ubica los estacionamientos autorizados en este enlace.

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Conoce los avisos viales para el Centro Histórico aquí

Si planeas realizar alguna intervención en edificios del Centro Histórico, consulta los trámites que debes cumplir aquí

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Conoce aquí la Norma de Emisión de Ruido vigente en la Ciudad de México